Selección de documentos: 1821 Disposiciones para evitar la epidemia de fiebre amarilla

1821, octubre, 11. Aldeanueva de Ebro
Disposiciones de la Junta Local de Sanidad para controlar y evitar el contagio y propagación de la epidemia de fiebre amarilla.
Archivo Municipal de Aldeanueva de Ebro, caja 13, carpeta 48,fols. 22v-23
"En la villa de Aldeanueva a onze de octubre de mil ochozientos veinte y uno. El señor alcalde constitucional y demas individuos de la Junta de Sanidad instalada en esta villa, por ante mi el escribano se acordo que inmediatamente se publique bando, facultando a todo vezino para que pidan los pasaportes a todo viagero de a pie y a caballo, sin permitirles entrar en esta villa, hasta tanto que acrediten su conduzta y sanidad.

Que se pongan cuatro guardias, que diariamente celen en las cuatro principales puertas de esta villa, que lo serán la portalada, calle grande, Arco del portal y camino de Autol, con el fin indicado.

Que no se permita la entrada a ningun pordiosero tenga o no pasaporte.

Que el mesonero, inmediatamente que se ospede algún individuo en su posada, especialmente de noche cuando se haian retirado los guardas, de parte de su prozedencia y pasaporte al señor alcalde baja la multa de 20 reales.

Que esto mismo egecute todo vezino de cuantos huespedes rezivan en su casa, bajo la misma pena.

Que las guardias cuiden los puntos que se les señalen con todo cuidado y vigilancia desde las siete de la mañana hasta el toque de la orazion por la tarde sin abandonarla bajo su inmediata responsabilidad y daños y perjuizios, y la multa de 20 reales.

Se establece por Lazareto para los enfermos contagiados de Epidemia, la casa Dezmera de los señores canónigos de Alfaro, sita en el término de Oyalengua, por ser el sitio más comodo y a proposito para el efecto, y para lazareto limpio la hermita de San Roque de esta jurisdicción.